El objetivo que guía esta nueva
entrada es abordar un aspecto del ámbito social, que como pudimos comprobar en
una de nuestras clases, era desconocido para la mayoría de nosotros. Me refiero
a la diferenciación entre los conceptos “asociación” y “fundación”, y lo que
constituirse como una de estas dos terminologías supone para una entidad.
En primer lugar, a nivel
organizativo, una asociación se podría entender como el resultado de la
agrupación de un conjunto de personas que se unen con una finalidad común
concreta a alcanzar. Poseen un CIF, y pasan a tener diferentes posibilidades como
es contratar servicios o personas que ayuden a alcanzar ese fin común que guía
toda la acción de la entidad, realizar actividades económicas, etc.
En el caso de la fundación lo que
se unen no son personas, sino capital económico. Una de las causas habituales
que tiene como resultado la constitución de una fundación es cumplir el deseo
de una persona que cuando fallece destina dinero a llevar a cabo ciertas acciones sociales.
En segundo lugar, en cuanto a la
gestión, una asociación es más democrática, pues se encuentra dirigida por una
junta directiva que es elegida por los socios que constituyen la asociación,
por lo que es más democrática en su funcionamiento, pero menos estable. Y el
funcionamiento de la fundación, por su parte, sigue los criterios establecidos
por un organismo superior (Consellería o Ministerio) que supervisa que los
recursos financieros se estén empleando adecuadamente.
Y en tercer lugar, a nivel
fiscal, una problemática que no forma parte de la realidad de las fundaciones
pero sí de las asociaciones es la necesidad de encontrar financiación para
sustentarte, y los problemas que muchas veces encuentran en dicha labor. La
principal fuente de financiación de las asociaciones son las cuotas que los
socios aportan, sin embargo, éstas no desgravan, y la desgravación es algo
fundamental para poder obtener financiación privada. De modo que, aunque
reciban donaciones, no desgravarán, y eso dificultará la búsqueda de
financiación.
Además, no puedo dejar de lado,
dado el tema que estoy abordando, otros aspectos relevantes que forman parte de
la realidad de las asociaciones:
Por una parte, el uso del
asociacionismo como método para realizar actividades culturales, sin ser
realmente una asociación como tal, o
para disfrazar empresas cuyo fin principal es obtener beneficio económico, y no
social.
Y por otra parte, el carácter
familiar de las asociaciones lleva en muchas ocasiones a que familiares del
colectivo al que atiende la asociación formen parte del equipo profesional, o
que algún trabajador forme parte de la junta directiva. Desde mi punto de
vista, y apoyándome también en las ideas comentadas en clase, caer en
cualquiera de esas dos opciones es un gran error, pues la mayoría de veces
inevitablemente esto provoca la pérdida de calidad en los servicios que ofrece
la asociación. En el primer caso porque los vínculos afectivos que esos
familiares tienen pueden influir en su objetividad como profesionales, y en el
segundo caso, porque puede ocurrir que, en la toma de decisiones propias de la junta directiva, en la persona
prevalezcan los intereses individuales como profesional por encima del
bienestar y el progreso de la asociación en su conjunto.
Con esto doy por finalizada esta
entrada. ¡Felices pascuas!.
Iris.
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